cuentas corrientes para menores de edad Abrir una cuenta bancaria a un menor
Son muchos los padres que deciden abrir una cuenta corriente a sus hijos cuando son pequeños, cuenta a la que van realizando aportaciones periódicas que serán destinadas a los estudios de los hijos cuando estos sean mayores, o bien donde estos puedan ingresar el dinero que obtienen a través de becas o pequeños trabajos. Por ello, muchas entidades bancarias ya ofrecen productos exclusivamente pensados para menores, ya sean niños o adolescentes.

Antiguamente, bastaba que los padres se personaran en la entidad bancaria y realizaran la apertura de la cuenta. Hoy en día, es necesario aportar el DNI del menor, aunque este no haya cumplido los 14 años, edad a la que es obligatorio que los menores dispongan de dicha documentación.

El titular de la cuenta es el menor y uno o ambos padres suelen figurar como representantes legales para, en caso necesario, poder operar con el dinero. En ocasiones, se puede pactar que sea el menor, con la firma del progenitor que figure como representante, el que realice operaciones en la cuenta. Si el titular de la cuenta tiene entre 14 y 18 años, será él quien pueda operar con el dinero y los padres dejarán de aparecer como representantes legales cuando éste cumpla la mayoría de edad, momento en el que adquiere plena capacidad de obrar.

Estas cuentas, aparte de ser un modo de enseñar a los menores a ahorrar y a manejar el dinero, también suelen ofrecer productos interesantes de cara al futuro del menor, especialmente ligados a créditos para cursar distintos tipos de estudios. Por ello, a la hora de contratarlas es interesante fijarse en estos productos, en la remuneración que nos ofrecerá la cuenta si vamos a realizar ingresos periódicos de dinero o la que mejores condiciones de contratación nos ofrezca.