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Dinero

cuesta septiembre Consejos para afrontar la cuesta de septiembre
Hacer frente al mes de septiembre se hace muchas veces cuesta arriba. Volvemos de vacaciones sin apenas dinero en la cuenta, cuando no con algunas deudas que hemos contraído de cara a disfrutar de unos días de descanso, y tenemos que hacer frente a gastos como la vuelta al cole de los niños, la compra de alimentos tras las vacaciones, etc. Todo esto, si no lo gestionamos con cuidado nos puede llevar a contraer deudas que sean un lastre para nuestro presupuesto el resto del año. Para evitarlo, deberemos poner en práctica una serie de estrategias:

- Elimina gastos innecesarios: Aunque la crisis nos ha obligado ya a todos a hacerlo, deberemos restringir todo lo posible los gastos superfluos a los que aún no hayamos renunciado. Dejar de fumar o llevarnos el aperitivo o la comida de casa son algunos de los trucos que nos pueden ayudar ahorrar algunos euros.

- Aprovecha las ofertas: Conscientes de que los consumidores no disponen de mucho efectivo, el final de septiembre es el momento en el que los centros comerciales y las grandes superficies lanzan sus ofertas, packs de ahorro y otro tipo de promociones que nos saldrán muy rentables. Compara entre las diferentes ofertas y busca dónde puedes ahorrarte más dinero. Comprar marcas blancas también te ayudará en esta cuesta.

- Aplaza el pago de tus compras: Muchas tarjetas de crédito ofrecen a sus clientes la posibilidad de aplazar el pago de sus compras bien sin intereses o a un bajo interés. Si no puedes pagar la totalidad, siempre es una buena idea hacerlo de este modo, pero tendrás que tenerlo presente al presupuestar los siguientes meses.

- Finalmente, si no tienes otra opción, pide un préstamo personal. Compara entre las ofertas de las diferentes entidades y busca el más ventajoso para ti, siempre asegurándote de que podrás hacer frente a las cuotas.

alojar extranjero estudiante1 Aloja un estudiante extranjero y gana un dinero extra
Llegar a fin de mes se hace complicado, sobre todo en el caso de determinados colectivos como pensionistas, desempleados, mileuristas o si las cuota de la hipoteca y los préstamos nos ahogan. En estos casos, un dinero extra siempre es bienvenido. Si tienes una habitación libre en casa, puedes rentabilizarla alojando a uno de los muchos estudiantes extranjeros que, cada año, vienen a España a cursar sus estudios.

Estos estudiantes buscan vivir en un ambiente familiar que les permita residir y, al mismo tiempo, mejorar el nivel del idioma. Según las personas que ya alojan estudiantes en su casa, el trabajo que dan no es demasiado, ya que sólo supone cocinar para una persona más y lavar y planchar su ropa. Por ello, se cobra una media de entre 15 y 20 euros al día.

Si decidimos que queremos optar por esta opción, nos deberemos poner en contacto con una de las múltiples agencias que se dedican a gestionar el alojamiento de estudiantes extranjeros en España. Normalmente serán universitarios, pero también puede tratarse de estudiantes de lo que en España sería el nivel de Bachillerato. Dichas agencias valorarán si nuestro domicilio es adecuado como alojamiento teniendo en cuenta aspectos como la habitación designada para el estudiante, la amplitud del piso o la cercanía al lugar donde realicen sus estudios.

En asociaciones como, por ejemplo, “La casa del estudiante” nos podrán informar de dónde dirigirnos para ofrecer nuestra casa como alojamiento. También podemos acudir a las Universidades para informarnos de qué agencias realizan dichas gestiones o buscar las agencias en Internet. Una vez que el primer estudiante se aloje en nuestro domicilio, éste pasará a formar parte de la base de datos de la agencia, con lo cual, mientras no digamos lo contrario, podremos seguir alojando estudiantes, obteniendo un dinero extra y disfrutando de una enriquecedora experiencia.

domiciliar recibos Domiciliación de recibos
Si queremos tener todos nuestros pagos al día, un buen modo de conseguirlo es mediante la domiciliación de los recibos. De este modo no tendremos que estar pendientes de plazos ni de vencimientos de facturas, lo que nos aportará tranquilidad y ayudará a organizar nuestras finanzas. También ahorraremos tiempo, ya que nos evitaremos realizar largas colas para el pago de los recibos ateniéndonos a los horarios que los bancos y cajas disponen para realizarlo.

Los recibos que normalmente se domicilian son aquellos propios del hogar, como agua, electricidad, gas y teléfono, pero no debemos olvidar que también podemos domiciliar otro tipo de recibos, como los pagos del colegio de los niños así como los impuestos, las tasas y las contribuciones. Domiciliar estos últimos nos puede suponer, además, un ahorro importante, ya que al pagarlos siempre en plazo nos libraremos de tener que abonar recargos por retrasos en el pago. Entre otros, podemos domiciliar recibos como el impuesto de circulación de vehículos, el Impuesto de Bienes Inmuebles o el de Actividades Económicas. Para domiciliar estos impuestos deberemos rellenar un formulario que a tal efecto nos facilitará la Administración.

Domiciliar los recibos es un proceso muy sencillo, sobre todo en los servicios básicos del hogar, ya que normalmente al contratarlos podremos ya facilitar una cuenta bancaria en la que se carguen dichos recibos. También podemos acudir a nuestro banco o caja con el último recibo abonado para proceder a la domiciliación.

Si, por cualquier causa, queremos dejar de abonar en nuestra cuenta cualquiera de los servicios contratados, deberemos ponerlo en conocimiento tanto de nuestra entidad bancaria como de la empresa que nos presta dicho servicio antes de la fecha de vencimiento del último recibo. Si lo hacemos después de dicha fecha, deberemos estar atentos a realizar el pago del último recibo emitido por la compañía para evitarnos problemas posteriores.

aumento bbva Aumentan las comisiones de las tarjetas del BBVA
Si tienes una cuenta corriente o de ahorro, seguramente tendrás contratadas, como mínimo, una tarjeta de crédito y otra de débito. Si te has acogido a una oferta por la cual no te cobran comisión por el mantenimiento de las mismas, estás de enhorabuena, pero si no es así y además la entidad con la que tienes contratada dichas tarjetas del BBVA deberás tener en cuenta que dicha entidad ha determinado el encarecimiento de las comisiones de las tarjetas de crédito y débito en un 30%.

Este aumento será efectivo a partir del día 1 de Octubre del 2010, fecha a partir de la cual los clientes del BBVA verán cómo la cuota de su tarjeta de débito pasará de los 14 euros que rigen en la actualidad hasta los 18, mientras que las comisiones de la tarjeta de crédito aumentará hasta los 36 euros en lugar de los 30 que dichos clientes venían pagando hasta este momento. Por otra parte, la tarjeta Visa Oro verá como su comisión anual llega hasta los 80 ó 90 euros. Dicho aumento también afectará a las tarjetas prepago y revolving.

Aunque el encarecimiento de las comisiones de las tarjetas de crédito es un hecho generalizado entre los bancos y cajas españoles, el aumento decidido por el BBVA hace que la entidad dirigida por Francisco González sea el banco que tiene las comisiones por dinero de plástico más caras.

También se ha encarecido la comisión por traspasar dinero de la tarjeta a la cuenta corriente, ya que si antes la comisión era del 1% ahora ha llegado al 3%. Y deberemos ser muy precavidos si superamos el límite de la tarjeta, ya que nos cobrarán un 3% del importe superado con un mínimo de 6 euros.

bancarrota ¿Qué hacer después de la bancarrota?
Son muchas las familias españolas que, tras el comienzo de la crisis, han tenido que hacer frente a esta temible palabra y a todo lo que ella acompaña. La pérdida del empleo y la imposibilidad de hacer frente a los pagos las ha llevado a declararse en quiebra familiar como única salida ante tal situación. Sin embargo, aunque parece que después de la bancarrota no es posible recuperarse, no es así, ya que poco a poco, y sobre todo subsanando errores pasados, se puede volver a una situación financiera positiva.

Lo primero que deberemos hacer es aprender a controlar nuestras finanzas. Los expertos financieros sostienen que cuando se produce la bancarrota se debe más a una mala administración que a hechos externos que el consumidor no puede controlar, aunque estas situaciones existen, por supuesto. Por ello, deberemos asesorarnos por alguien que nos enseñe cómo administrarnos y, si no tenemos a nadie que pueda hacerlo, podemos seguir un curso para gestionar las finanzas personales, a los que podemos acceder muy fácilmente en Internet.

Una vez que comiences a gestionar las finanzas, sabrás que lo más importante es realizar un presupuesto personal y, por supuesto, atenerse a él. Debe recoger muy claramente todos los ingresos y los gastos y, si es posible, debe poder ayudarte a ahorrar.

En cuanto a solicitar nuevos crédito, como por ejemplo una hipoteca si te quieres comprar una vivienda nueva, debes saber que haberse declarado en quiebra afecta a lo que los bancos denominan el historial crediticio, y al ser negativo, pasarán entre siete y diez años antes de que cualquier entidad esté dispuesta a ofrecerte algún tipo de crédito. Por ello debes trabajar por hacerte un “buen” historial crediticio, por ejemplo, contratando un crédito asegurado y devolviendo puntualmente las cuotas.

Lo importante es tratar de que no ocurra de nuevo, aprendiendo de la experiencia.

embargo de cuentas1 Qué debe hacer el banco si nos embargan la cuenta
Una de las normas que nuestro banco o caja debe cumplir escrupulosamente es aquella que indica que no puede realizarnos ningún cargo si no hemos autorizado nosotros dicho cargo con anterioridad. Sin embargo, esta norma deja de tener validez en el supuesto de que se nos embargue.

Esto es debido a que las entidades financieras, al igual que todas las personas y empresas, deben colaborar con la justicia y con la administración, lo que significa que, si reciben una orden de embargo, deben realizar el consiguiente bloqueo de los fondos de la persona embargada y ponerlos a disposición de quien decreta el embargo. Quien lo decreta no puede ser cualquiera, ya que sólo puede provenir de dos tipos de autoridades:

- La administración pública, bien sea central, autonómica o el ayuntamiento, sin necesidad de acudir a un juez.

- Judicial, independientemente de que el juzgado sea civil, penal, mercantil, laboral o contencioso.

Si el embargo recae sobre una cuenta que tenga más de un titular, sólo se embargará la parte que corresponde a la persona embargada, por lo que se divide el saldo en tantas personas como titulares tenga la cuenta.

El embargo sólo puede recaer sobre los bienes y derechos de la personas embargada, por lo que no puede generar descubiertos en la cuenta bancaria.

Por otro lado, existen bienes que no pueden ser embargados como el ajuar doméstico y las herramientas de trabajos y otros que sólo se pueden embargar en parte, como el salario. En lo que respecta al saldo de una cuenta, se puede embargar por completo.

Cuando nos practiquen un embargo, la autoridad que lo haga debe notificárnoslo, así como irnos informando de todas las actuaciones que lleve a cabo para llevar a cabo dicho embargo.

fecha valor Fecha valor de las operaciones bancarias
A veces, cuando hacemos alguna operación bancaria, puede ocurrir que no coincida la fecha en la que realizamos la operación y en la que ésta tiene plena eficacia, como ocurre cuando hacemos una transferencia. Esta segunda fecha en la que la operación ya es plenamente eficaz es lo que se conoce como fecha valor, mientras que la primera es la denominada fecha contable, que es cuando se realiza el apunto del abono.

Debido a que por cuestiones de funcionamiento bancario estas fechas no pueden coincidir, se obliga a las entidades bancaria a contabilizar las operaciones lo antes posible. Por ello, según la ley, la diferencia máxima de tiempo que puede existir entre ambas fechas que no puede ser rebasada en ningún momento. Los límites se establecen sobre todo para los abonos, ya que normalmente los cargos se valoran al momento. El plazo máximo para contabilizar estos abonos es el siguiente:

- Ingresos en efectivo: Se deben abonar el mismo día de su realización si la operación se realiza antes de las once de la mañana. Si es después, se abona el día hábil siguiente.

- Cheques: Se abonan el mismo día si es a cargo de la propia entidad y el segundo día hábil siguiente si es otra entidad.

- Venta de valores: El día hábil siguiente al que se produce la venta en bolsa.

Por ello, para calcular correctamente los días, debemos siempre saber qué días son hábiles y cuáles no a efectos bancarios. Atendiendo a estos criterios, se entiende que el sábado es un día hábil, aunque no se considera mala práctica bancaria si la entidad lo considera inhábil, salvo que lo apliquen de forma diferente para cargos y abonos.