Requisitos para solicitar un aval bancario

Cuando queremos alquilar una vivienda es habitual que los propietarios, para protegerse de un posible impago nos soliciten una fianza y un aval bancario. La principal diferencia entre ambas es que la primera es una cantidad de dinero que nosotros damos al propietario para hacer frente a cualquier desperfecto que pueda haber en la vivienda y la segunda es una cantidad de dinero nuestra que queda bloqueada por el banco, de modo que si nosotros, en algún momento, no hacemos frente al pago del alquiler, el propietario de la vivienda desbloquea dicha cuenta y lo utiliza para cobrar el impago.
El primer requisito para solicitar un aval bancario es tener el dinero que nos pide el propietario que avalemos. No se trata de que el banco nos lo adelante o nos lo preste, sino que nosotros debemos separarlo de nuestro propio dinero y mantenerlo bloqueado por el banco hasta el fin del arrendamiento.
Para concedernos este aval bancario, la entidad bancaria nos realiza un estudio de riesgo similar al que nos haría si solicitáramos un crédito. Si de ese estudio se deriva que concedernos el aval es una operación arriesgada para el banco, además de tener nosotros el dinero necesario para el aval, la entidad exigirá que presentemos el aval de terceras personas para garantizar dicho aval bancario, sobre todo en función de la cantidad de que se trate.
Además de esto, deberemos hacer frente a los gastos derivados de la solicitud del aval, tanto del estudio de riesgo financiero que nos ha realizado antes de concedérnoslo (la comisión de estudio) como un coste trimestral que deberemos abonar por riesgo. Tanto la comisión como el coste trimestral dependerán de la cantidad que hayamos avalado.
Foto | Adán Sánchez de Pedro Crespo






1 comentario
Por favor, poned que la foto es de Adán Sánchez de Pedro Crespo para no incumplir la licencia Creative Commons BY-SA.
Y gracias por el artículo :D