Se endurecen las penas por delitos de fraude fiscal

Siempre se ha dicho que en España resultaba relativamente fácil defraudar a Hacienda, especialmente por el hecho de que las penas recogidas para los delitos fiscales en el Código Penal no siempre lograban disuadir a los defraudadores de su objetivo, lo cual implicaba en muchos casos, que, aquellos que tenían a su alcance los mecanismos para lograrlo, no cumplieran con sus obligaciones fiscales.
Esto, además de un hecho delictivo, supone que el Estado deja de percibir una gran cantidad de ingresos en forma de impuestos, lo que ha llevado al Gobierno, con objeto tanto de disminuir el fraude fiscal como de conseguir más dinero para las arcas del Estado, a crear el denominado delito fiscal agravado, que incluye mayores penas para los grandes defraudadores.
Dentro de este tipo de delito quedarán incluidos los fraudes fiscales por cantidades que superen los 600.000 euros, y la sanción para dichos delitos será de entre dos y seis años de prisión, lo que supone un aumento con respecto a la que existía anteriormente, que era de entre uno y cinco años. Por otro lado, también se aumenta el plazo de prescripción de dichos delitos, es decir, el periodo de tiempo durante el cual son sancionables, que se amplía desde los cinco años (periodo habitual de prescripción de los delitos fiscales) hasta los diez.
Según se incluye en la reforma, se considerará delito fiscal agravado aquel que sea cometido por bandas criminales o cuando quien los cometa utilice negocios, entes o territorios que dificulten la identificación u oculten la identidad del obligado a declarar los tributos o dificulten la determinación de la cuantía defraudada, con lo cual se hace una referencia explícita a los paraísos fiscales.





