24 mayo 2011 · Impuestos · Sociedad

Deducciones por gastos educativos en el IRPF
A la hora de reducir lo más posible la cantidad a pagar en concepto de Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, deberemos incluir en la declaración todos los gastos deducibles con objeto de reducir la base imponible. Dentro de estos no nos podemos olvidar de las deducciones derivadas de gastos de escolarización que se aplican en algunas Comunidades Autónomas

En la Comunidad de Madrid se pueden deducir los gastos derivados de la escolarización obligatoria de los hijos, que incluyen las cantidades que hemos abonado en concepto de escolaridad, vestuario escolar y enseñanza de idiomas, sin que la cantidad total que nos deducimos pueda superar los 400 € por hijo escolarizado. Para poder acceder a esta reducción es necesario cumplir los requisitos relativos al nivel de renta que nos permite acceder a dicha deducción.

Los porcentajes que nos podemos deducir de los gastos son los siguientes:

- El 15 por 100 de los gastos de escolaridad.

- El 10 por 100 de los gastos de enseñanza de idiomas.

Deducciones por gastos educativos en el IRPF

10 mayo 2011 · Impuestos · Vivienda

Nueva deducción por reformas en la vivienda habitual
Aunque el 31 de diciembre del 2010 terminaron tanto la desgravación por compra de vivienda como la desgravación por obras de mejora en la vivienda habitual, el Consejo de Ministros acordó el pasado 20 de abril recuperar la deducción por obras de mejora de la vivienda habitual dentro de las medidas destinadas a la recuperación económica y el empleo. Esta desgravación tiene carácter temporal, ya que es aplicable a la deducción por obras de mejora realizadas antes de diciembre de 2012.

En virtud de esta nueva medida, aquellos contribuyentes cuya base imponible no supere los 53.007,20 euros anuales, pueden deducirse el 10% de las cantidades abonadas desde el el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por las obras realizadas dentro de este periodo tanto en la vivienda habitual como en el edificio en el que ésta se encuentre. La ampliación de la deducción al edificio donde se encuentre la vivienda habitual tiene por objeto reactivar el sector de la construcción, estimulando al mismo tiempo la creación de empleo.

Nueva deducción por reformas en la vivienda habitual

5 mayo 2011 · Impuestos

Confeccion gratuita de declaraciones de la Renta para colectivos desfavorecidos en Madrid
La llegada del momento de hacer la declaración de la Renta supone para muchos auténticos quebraderos de cabeza, ya que se encuentran ante documentos ininteligibles en los que no están seguros de dónde y cómo consignar los datos que les pide hacienda, lo cual suele desembocar en declaraciones erróneas que después nos pueden suponer una revisión de nuestra declaración por parte de Hacienda.

Para evitar esto y ayudar a personas con pocos recursos económicos que no sepan cómo realizar la declaración de Hacienda, el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid ha puesto en marcha la campaña denominada “Turno de Oficio de Renta” en colaboración con la Delegación de la Agencia Tributaria en Madrid para ayudar así a los madrileños al tiempo que colabora con la Agencia tributaria. En esta campaña, profesionales colegiados especialistas en derecho fiscal van a ayudar a personas con pocos recursos a confeccionar la declaración de Hacienda.

Confeccion gratuita de declaraciones de la Renta para colectivos desfavorecidos en Madrid

4 mayo 2011 · Impuestos

¿Tributan las indemnizaciones por despido?
Son muchos los trabajadores que durante el pasado 2010 perdieron su empleo, momento en el que recibieron una indemnización por despido. Ahora, cuando estamos en la campaña de la Renta, muchos se preguntan si tienen que declarar el dinero que recibieron por este concepto, o si por el contrario está exento, bien en parte o sólo en su totalidad.

En el 2009 se aprobó la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleada, mediante la cual se modificó el artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Tras esta modificación, quedan exentas de tributar por el IRPF las indemnizaciones recibidas por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato.

¿Tributan las indemnizaciones por despido?

4 mayo 2011 · Actualidad · Impuestos · Internet

Cuidado con los mails fraudulentos sobre el IRPF

Como cada año ha comenzado la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, momento en que la mayoría de los españoles tenemos que cumplir nuestras obligaciones con el fisco. Internet ha abierto además la posibilidad de poder realizar prácticamente todos los trámites por medio del ordenador, así como facilitar las comunicaciones con Hacienda de cara a la solicitud del borrador o de cita para realizar la Declaración de la Renta. Sin embargo, esto también ha abierto la puerta a aquellos que ven en esto una oportunidad para lucrarse a costa de la buena fe de los demás.

Y esto lo hacen a través del envío de mails, supuestamente de la Agencia Tributaria, como ha detectado el Grupo de Delitos Telemáticos de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil.
En dichos correos electrónicos, nos comunican que Hacienda nos tiene que realizar una devolución de dinero que nos ha cobrado de más (usualmente entre 100 y 3000 euros) o solucionar un problema que ha surgido al tramitar nuestro borrador o la declaración.

Cuidado con los mails fraudulentos sobre el IRPF

20 abril 2011 · Impuestos

Deducciones por aportaciones en el IRPF
Aparte de las deducciones por familiares, existen otras partidas que hacen que la base imponible del IRPF se reduzca, como son las distintas aportaciones que realizamos a organismos como la Seguridad Social, Colegios Profesionales o Mutualidades de previsión. Las deducciones más importantes por aportaciones son las siguientes:

- Aportaciones realizadas a mutualidades de previsión social, siempre y cuando no nos hayan sido ya deducidas de los rendimientos netos de nuestro trabajo y que estén dirigidas a cubrir contingencias como jubilación, incapacidad total y absoluta y fallecimiento.

- Aportaciones hechas a planes de pensiones: Son deducibles si el declarante es el beneficiario de las mismas. Por ello no se pueden deducir las aportaciones que haga otra nuestro cónyuge a nuestro plan de pensiones o las que nosotros hagamos a planes de pensiones de nuestro cónyuge.

Deducciones por aportaciones en el IRPF

18 abril 2011 · Impuestos

Deducciones familiares en el IRPF
Cuando realizamos la declaración de la Renta, además de los conceptos por los que tenemos que tributar, existen también una serie de reducciones y deducciones que hacen que la base imponible disminuya al final. Estas deducciones son diferentes para cada Comunidad Autónoma, por lo que se debe consultar las específicas de donde residamos. A continuación te presentamos las más importantes dentro del ámbito de la familia:

- Mínimo personal y familiar: Se denomina así a la parte necesaria para mantener a una familia, y que en la declaración de 2010 se establece en 5.050 euros de reducción en la base impositiva del declarante.

- Deducciones por descendientes a nuestro cargo: Al mínimo personal se le deben sumar las deducciones por descendientes, que son:

- 1800 euros por el primer hijo.

- 2000 euros por el segundo

Deducciones familiares en el IRPF

16 abril 2011 · Impuestos

Hacer la declaración conjunta
Al hacer la declaración de la renta podemos hacer la declaración de forma individual o conjunta, y para saber cuál es la forma que más rentable nos sale, lo mejor es hacer una simulación de ambas formas, ya que no existe una norma que tojamente determine cuál de los dos tipos de declaración nos sale más rentable, sobre todo si hemos contraído matrimonio durante el año fiscal.

En general, podemos decir que la declaración conjunta es más ventajosa para aquellas parejas en las que uno de los dos mimbres no trabaja, o, si lo hace, no supera el mínimo a partir del cual es necesario realizar la declaración. Debemos tener en cuenta que, cuando hacemos la declaración conjunta, las rentas de cada cónyuge se suman y se gravan de forma acumulada, lo que puede hacer que acabemos tributando en un tramo superior del IRPF. En este caso, es conveniente optar por las declaraciones individuales.

Hacer la declaración conjunta

9 abril 2011 · Impuestos

El hecho imponible en el IRPF
Si leemos información sobre cualquier impuesto, uno de los conceptos con los que primero nos toparemos es el denominado hecho imponible, y aunque todos lo hemos escuchado alguna vez, no siempre estamos seguros de lo que significa.

El hecho imponible es un término de derecho tributario que define en qué casos y supuestos está el contribuyente obligado con Hacienda. Es una parte básica del tributo, ya que sin hecho imponible, el tributo no puede existir, porque no puede cobrarse.

El hecho imponible no puede ser cualquiera, sino que debe estar recogido en la ley que regula cada impuesto, para no crear inseguridad jurídica.

Cada impuesto, ya sea el IVA, el Impuesto de Sociedades o el IRPF, contempla una serie de hechos imponibles relacionados con las actividades a las que grava. A continuación y dado que estamos inmersos en plena campaña del Impuesto sobre la Renta, veamos cuáles son los hechos imponibles que constituyen el IRPF.

El hecho imponible en el IRPF

30 marzo 2011 · Impuestos

Solicitar el borrador de la renta 2010
A partir del próximo 4 de abril todos los contribuyentes podrán ya solicitar el borrador de la Renta 2010, al igual que sus datos fiscales. El plazo para solicitar estos documentos finaliza el próximo 27 de Junio, según ha determinado el Ministerio de Economía y Hacienda. No es necesario que lo soliciten aquellos contribuyentes que lo confirmaron el año pasado o que marcaron la casilla correspondiente en la declaración de la renta indicando que sí querían borrador para este año.

Una vez que lo recibamos lo siguiente que deberemos hacer será revisarlo cuidadosamente, para verificar que todos los datos son correctos. Si no es así o si faltan datos deberemos modificarlo o completarlo. Si no necesitamos cambiar nada, tan sólo deberemos confirmarlo, para lo cual tendremos de plazo hasta el próximo 30 de junio o hasta el 27 si hemos domiciliado el pago de la declaración.

Solicitar el borrador de la renta 2010